Resumen:
Los juicios por jurados populares son un instituto del Derecho Procesal Penal que se
encuentran mencionados en los artículos 24, 75 inciso 12 y 118 de la Constitución Nacional.
En la Provincia de Buenos Aires se comenzaron a aplicar desde el año 2015 con la sanción de
la ley N°14.543 aprobada por la Legislatura Provincial y publicada en el Boletín Oficial con
fecha 20/11/2013 para delitos graves con penas de prisión mayores a los 15 años y es una
elección del imputado someterse a éste o al enjuiciamiento por medio de un tribunal
denominado técnico, colegiado o profesional.
La opción de acogerse a este tipo de procedimiento cambia sustancialmente la forma
de administrar justicia, ya que el imputado por un delito será juzgado por un jurado que estará
compuesto por doce ciudadanos comunes, que se convierten en miembros titulares del jurado,
seis hombres y seis mujeres, más seis suplentes (Artículo 338 quáter inc.6, ley 14.543), legos
en derecho y elegidos aleatoriamente de manera de representar el universo de la comunidad.
Será menester central de esta investigación primeramente ocuparnos de algunos
aspectos generales introductorios referente a los antecedentes históricos de los juicios por
jurados, a modo de comprender sus orígenes, finalidad y características para las que fue
creado. Nos ocuparemos también de analizar la evolución de las garantías procesales en la
provincia de Buenos Aires a partir de la creación del Código Procesal Penal Provincial, para
poder entender como se fue modificando el marco jurídico hasta la aprobación e
implementación del instituto, ya que estimamos que este ha sido un extremadamente largo
proceso que condujo a impulsar la actividad legislativa para la aprobación del instituto en
cuestión.
Posteriormente, el primer tema del que nos ocuparemos es, analizar si la
implementación y puesta en marcha de los juicios por jurados en la Provincia de Buenos
Aires, ha beneficiado en mayores garantías constitucionales y procesales para los imputados
de la comisión de un delito con respecto a la persecución estatal.
En segundo término, nos ocuparemos de indagar desde el principio de igualdad ante la
ley sostenido en el art. 16 de la Constitución Nacional, el principio de igualdad de armas, la
tutela judicial efectiva y la irrecurribilidad en la etapa recursiva del veredicto no culpable, si
la víctima de un delito se encuentra desprotegida en el procedimiento de juicios por jurados,
y si este le otorga privilegios a quién resulte imputado, colocando por lo tanto a la víctima en
una situación asimétrica entre las partes del proceso, siendo además una restricción de los
derechos de la Fiscalía y del particular damnificado.
Por último, nos abocaremos a investigar, si la intima convicción y la falta de
motivación del jurado en forma expresa en caso de una sentencia de culpabilidad, vulnera el
derecho a defensa del imputado al momento de recurrir el veredicto ante un tribunal superior
y si incumple con el deber republicano de publicidad y motivación de las sentencias.
Descripción:
Palabras claves: Garantías constitucionales y procesales, Jueces técnicos o profesionales, Juicio por
jurados